- Promover, impulsar, supervisar, financiar y administrar obras, planes y /o programas de provisión de agua potable y saneamiento a comunidades ubicadas en el área de influencia descripta en el artículo 4°. Administrar los fondos que provienen del ENHOSA, los que serán destinados a programas de ayuda social y disponer de cualquier otro, cuyo destino sea la asistencia social y financiera a Municipios y Comunas del Interior de la Provincia.
- Obtener financiación oficial, privada o mixta, actuando a tal fin como Unidad Ejecutora de la Provincia.
- Asistir técnicamente, administrativa e institucionalmente a los operadores de los servicios comprendidos en el área de influencia para su operación, administración y mantenimiento o mejoras en la prestación de los mismos.
- Ejecutar los programas y obras de agua potable y /o saneamiento que se encuentren en desarrollo a cargo de la DIPOS Remanente, a la entrada en vigencia de la Ley de creación del Se. P. A. P. y S. y sus modificatorias.
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